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Trámites Frecuentes:

octubre 13, 2023

Establecida por la Ley N° 6984/2022 de Migraciones.

Es la autorización que otorga la Dirección Nacional de Migraciones por un plazo determinado a los extranjeros que ingresen al país con ánimo de establecerse para desarrollar una actividad lícita, bajo las condiciones que establezca la Ley N° 6984/22 de Migraciones y su reglamentación.

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PLAZO DE VALIDEZ DEL CARNET: De hasta 2 (dos) años, prorrogables por igual período. La residencia temporal será requisito previo al otorgamiento de la Residencia Permanente.

BENEFICIOS

  • Obtención del estatus de “residente precario” mientras dure el trámite de la Residencia Temporal ante la Dirección Nacional de Migraciones (dicho estatus lo habilita a salir y reingresar del país, estudiar y trabajar por el período de duración de la misma).
  • Acceso a la Cédula de Identidad Paraguaya, expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, con el mismo periodo de validez de su Residencia Temporal. Antecedentes penales, judiciales o policiales.
  • La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular.
  • La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada.
  • El trámite es personal y El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal.
  • Se requiere la presentación de los documentos de identidad acompañados por copias debidamente autenticadas por Escribanía Pública, a fin de que los originales permanezcan en poder de sus titulares.